INAVI brindará servicios funerarios a colaboradores de la DIDA; administrador destaca incremento de matrícula

10 marzo, 2026

El administrador general del Instituto de Auxilios, Dr. Elsido Díaz Bueno, destacó que en su primer año de gestión el INAVI ha incrementado en más de un 100 por ciento la matricula de asegurados, garantizando cobertura digna y asistencia económica a los servidores públicos.

El funcionario hizo la observación previo a la firma un convenio interinstitucional entre el INAVI y la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA).

El acuerdo, que fue rubricado por el Dr. Elsido Díaz Bueno, administrador general del INAVI y el Lic. Elías Báez de los Santos, director general de la DIDA, busca brindar cobertura digna de servicios funerarios y asistencia económica a los empleados activos de esta última entidad, así como a sus dependientes directos.

“De eso es de lo que se trata, de que la DIDA también tenga derecho a que su personal y sus dependientes tengan asegurados la solución de un momento tan lamentable, en el aspecto económico diríamos”, sostuvo el Dr. Díaz Bueno, quien adelantó además que “el INAVI hace esto con muchas instituciones; todas las semanas hacemos actividades de firma de acuerdos de colaboración con instituciones, porque de eso es de lo que se trata, de que el INAVI siga incrementando la matrícula de asegurados”.

De su lado, el Lic. Elías Báez de los Santos, director general de la DIDA, agradeció al titular del INAVI por la firma del acuerdo: “En lo que nos toca, damos las gracias al INAVI y su administrador por ayudarnos a acceder a este servicio funerario para los empleados públicos”, manifestó el funcionario.

El plan contempla una cobertura de hasta RD$25,000.00 pesos, con una prima mensual  de RD$100.00 pesos por afiliado, e incluye ataúd, traslado en ambulancia, preparación del cuerpo, uso de capilla, instalaciones funerarias, servicios de café, agua y té; así como el traslado en carro fúnebre hasta el cementerio.

El convenio establece cobertura al afiliado principal y hasta cuatro (4) dependientes, seleccionados en el siguiente orden: cónyuge, padre e hijos. En el segundo grado abuelos, nietos y hermanos; bisabuelos, bisnietos, tíos y sobrinos.

En caso de exceder los cuatro dependientes, podrán incluirse adicionales mediante el pago correspondiente.

El acuerdo tendrá una vigencia de un año, renovable automáticamente por igual periodo, salvo notificación de una de las partes con al menos un mes de anticipación.